La limitación de pagos en efectivo en 2021

 

 

limitacion de pagos en efectivo en 2021

 

 

La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal publicada en el B.O.E. del día diez de julio, altera el artículo siete de la Ley 7/2012 que regula la limitación de pagos en efectivo en 2021 de ciertas operaciones.

 

 

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Limitación de pagos en efectivo en 2021

La ley establece que no van a poder pagarse en efectivo las operaciones, con un monto igual o bien superior a mil euros (ya antes 2.500 €) o bien su contravalor en moneda extranjera, en las que ciertas partes actúe en calidad de empresario o bien profesional.

Sin embargo, el convocado importe será  de 10.000 euros (ya antes 15.000 €) cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o bien profesional.

Esta restricción se va a aplicar a todos y cada uno de los pagos realizados desde la entrada en vigor de la regla (desde el once de julio de dos mil veintiuno), si bien se refieran a operaciones concertadas de antemano al establecimiento de la restricción.
La Ley 11/2021 asimismo altera la regulación del procedimiento sancionador del régimen de restricción de pagos en efectivo, estableciendo ciertas especialidades.

Entre las novedades, resaltamos que una vez notificada la propuesta de resolución, el pago voluntario en cualquier instante precedente a la notificación de la resolución terminante implicará una reducción del cincuenta por ciento del importe de la sanción, y la renuncia a elaborar alegaciones.

Las modificaciones del procedimiento sancionador van a ser aplicables a los procedimientos que se hayan iniciado desde el once de julio de dos mil veintiuno.

Sin embargo, la nueva reducción de la sanción por pago voluntario se va a aplicar a las sanciones demandadas de antemano al once de julio, siempre y cuando no hayan sido recurridas y no hayan adquirido solidez. A estos efectos, la Administración eficiente corregirá dichas sanciones.

Así mismo se va a aplicar la citada reducción, si concurren las próximas circunstancias:

• Que, desde el once de julio de dos mil veintiuno y antes del 1 de enero de dos mil veintidós, el interesado acredite frente a la Administración eficiente el desistimiento del recurso interpuesto contra la sanción. Dicha acreditación se realizará con el documento de desistimiento que se hubiese presentado frente al órgano eficiente para conocer del recurso.

• Que en el plazo del apartado dos del artículo sesenta y dos de la Ley 58/2003 General Tributaria, abierto con la notificación que a dicho efecto realice la Administración tras la acreditación de tal desistimiento, se realice el ingreso del importe sobrante de la sanción.

 

 

limitacion de pagos en efectivo 2021

 

 

Límite de pagos en efectivo en 2021

Desde el pasado once de julio de dos mil veintiuno ya no se pueden abonar en efectivo operaciones de más de mil euros, ¿no lo sabías? Pues presta mucha atención, ya que te contaremos de qué forma te puede afectar este cambio en la normativa si eres autónomo.

Lo más importante: las multas que te pueden caer. Si infringes la regla, se te impondrá una multa que corresponderá al veinticinco por ciento de la cantidad de la transacción efectuada. A fin de que lo comprendas bien, si por servirnos de un ejemplo admites un pago de cinco mil euros en efectivo, deberás hacer en frente de una sanción de mil doscientos cincuenta euros. ¡Así que ten mucho cuidado y toma buena nota !

 

 

La limitación de pagos en efectivo en 2021 o a partir de Julio de este año, se debe al control del dinero en nuestro país y controlar las malas praxis.

 

 

La nueva “Ley antifraude”

El pasado once de julio del 2.021 entró en vigor la “Ley antifraude”, en la que se rebaja el límite legal para hacer pagos en efectivo de 2.500 a mil euros. Eso sí, tienes que saber que esto afecta solamente a empresarios y profesionales, y jamás al intercambio entre particulares.

Así mismo debes tener en consideración que dicho límite de pago se aplica a la transacción completa. Esto es, caso de que vayas pagando pequeñas cantidades, al final lo que se tendrá presente es que la suma de todas y cada una no sobrepase jamás de esos mil euros de límite.

Y una de las partes más curiosas que te contaremos es que, de producirse una transacción irregular, una de las partes puede denunciar a la otra quedando exenta de la sanción. O sea, si estás implicado en una operación de más de mil euros y demandas a la otra parte, te puedes librar de la multa. Además de esto, la sanción te puede caer sin que te des cuenta, en tanto que un tercero es posible que haya tenido conocimiento de la transacción y la denuncie.
Por todo ello, y a fin de que no bajes la guardia, te contaremos cuáles son las multas que pueden imponerte si cometes esta clase de fraude fiscal.

 

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 Las multas que te pueden caer

Ahora pon atención, puesto que las sanciones que te pueden caer por efectuar operaciones en efectivo de más de mil euros pueden ser muy graves. Y es que, si infringes la nueva ley, se te impondrá una multa equivalente al veinticinco por ciento de la cantidad de la transacción en la que hayas participado.
Por otro lado, tienes que saber que cuando el pagador sea una persona física que no tenga su domicilio fiscal en España y no actúe como empresario o bien profesional, el límite de pagos en efectivo pasará a 10.000 euros o bien su contravalor en moneda extranjera. Por lo que, puedes admitir como autónomo pagos de turistas diez veces superiores al máximo de los residentes en este país, puesto que la sanción no se va a aplicar hasta el momento en que se realice un pago que supere los 10.000 euros en efectivo.

 

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De qué forma reducir las sanciones

Si eres sancionado por infringir la regla, debes saber que vas a poder acogerte a una serie de reducciones al abonar la multa. Son estas:

• Reducción del sesenta y cinco por ciento derivadas de las actas con pacto.

• Reducción del cuarenta por ciento por pronto pago.

• Reducción del treinta por ciento por conformidad.

La meta de la nueva ley es terminar con la economía sumergida y combatir contra el fraude fiscal en aquellos campos y modelos de negocio en los que esta economía sumergida pueda producir mayor percepción social. Por consiguiente, mantente atento si eres autónomo y administras un comercio, bar, hotel o bien una compañía que frecuentemente efectúen transacciones con grandes cantidades de efectivo.
Y acabamos con una reflexión: ¿esta nueva normativa puede marcar el comienzo de la desaparición del dinero en efectivo? Verdaderamente no lo podemos saber con certidumbre, pero os aconsejamos abonar con tarjeta siempre y cuando podáis, para eludir el peligro de tener que hacer en frente de posibles sanciones. Si quieres saber más sobre la limitación de pagos en efectivo visita https://apfconsultores.es/limitacion-de-pagos-en-efectivo-en-2021-guia-completa/