Los letreros para tiendas de una ciudad

letreros para tiendas

 

Cuando montamos un nuevo negocio queremos que destaque, queremos que llame la atención de nuestros futuros clientes del servicio y que tenga visibilidad y personalidad.

Una de las formas de lograrlo es a través de los letreros y la decoración de la fachada.
Pero la rotulación y señalización de las fachadas de las tiendas, lo que se suele llamar en las ordenanzas rótulos o bien “muestras y banderines” no depende solo de nuestros gustos y debe cumplir unas reglas y medidas.
En la actualidad es frecuente, en el momento de montar un negocio, que el dueño contrate a un diseñador para dar forma a la fachada del local.
Es una buena opción y los diseñadores con experiencia en el diseño de fachadas comerciales, tienen presente las ordenanzas municipales en el momento de proyectar.
No obstante asimismo hemos encontrado algún caso donde no ha sido de esta manera.
En estos casos es necesario revisar el diseño para amoldarlo a la ordenanza, en tanto que las muestras, banderines, toldos y banderolas asimismo han de ser autorizados por el Municipio.

Cuando hablamos de muestras, nos referimos a los carteles paralelos al plano de la fachada del local, y que se ponen sobre ella.
Pueden montarse en la planta baja y en la planta primera de las construcciones y pueden ser opacas o bien contar con iluminación.
Los banderines, en cambio, son carteles perpendiculares al plano de la fachada.
Los ejemplos tradicionales de banderines son las señales lumínicas con forma de cruz verde de las farmacias y los banderines que se acostumbran a montar en pubs, bares y restauranes.

Hay que distinguir los banderines de las banderolas.
Los banderines son recios, al paso que las banderolas se fabrican con materiales flexibles, como lonas plastificadas, y tienen una regulación diferente.
Estos elementos de señalización (muestras y banderines) tienen la función de enseñar el nombre del establecimiento y, en su caso, la actividad que se hace, y no pueden contener propaganda de otro tipo.

¿Qué condiciones deben cumplir los rótulos, letreros para tiendas y banderines en la fachada de un local?
Los rótulos en la fachada, cuando se instalan en la planta baja y en la planta primera reciben la denominación de muestras y banderines.
Las muestras, como hemos dicho, pueden ser opacas o bien contar con iluminación, propia o bien proyectada.

Cuando se instalen focos para alumbrar un letrero, cartel o bien banderín, la línea de proyectores no va a poder sobresalir más de ochenta cm de la fachada del local.
La iluminación proyectada tendrá siempre y en todo momento una orientación descendente y estar formada por una sola línea de focos ubicados en la parte superior.
La proyección de la luz, no puede exceder los límites del cartel, letrero o bien banderín y debe tener un efecto de desvanecimiento, no proyectándose de forma directa sobre la superficie.

Vamos a deber tomar en consideración que, generalmente, no se deja el montaje de este tipo de elementos en edificios clasificados como Recursos de Interés Cultural y en sus ambientes de protección, y su instalación está muy limitada en edificios clasificados con niveles 1 y 2 de protección.

Los letreros y carteles opacos

Estos deben cumplir una serie de condiciones:
– Dentro de los huecos de la fachada del local en planta baja y primera, la altura máxima de los letreros va a ser de sesenta centímetros en planta baja y de cuarenta centímetros en planta primera, sin que puedan sobresalir del hueco, debiendo quedar retranqueadas dentro del mismo, diez centímetros respecto al plano de la fachada.

– Caso de que en los huecos de la fachada del local no haya posibilidad de retranqueo, el letrero se instalará en el cristal de la ventana a través de grabación, serigrafía, elemento transparente sobrepuesto o bien afín.

– En los tramos macizos de la fachada entre los huecos de planta baja, nada más se podrán instalar en forma de logo, marca o bien texto compuesto con letra suelta inscribible en un polígono con una superficie máxima de treinta centímetros cuadrados y un saliente de 5 centímetros.
Además de esto, conforme la zona de la ciudad donde se ubica el local, vamos a deber tener en consideración otras restricciones.

Puesto que bien, si nuestro local se ubica en la Zona dos, los letreros opacos de Rotulowcost van a deber cumplir además de esto estas condiciones:
* Van a deber efectuarse solamente en forma de logo, marca o bien texto compuesto con letra suelta.
* En planta baja sobre el lindel de los huecos de la fachada del local, los letreros van a poder tener, como máximo, una longitud total que no supere la del lindel pertinente y una altura de hasta treinta centímetros, con un saliente de 5 centímetros.
* Las placas que se ubiquen en las jambas de los portales ocuparán una dimensión máxima de un cuadrado de veinte centímetros de lado y 2 milímetros de grosor.

Si el local no se halla en la Zona dos las dimensiones toleradas son mayores:
* En planta baja, sobre el lindel de los huecos de la fachada del local y sin cubrir estos, van a poder ocupar una franja corrida de anchura inferior a sesenta centímetros, con un saliente de hasta diez centímetros.
* Van a deber quedar a una distancia superior a cincuenta centímetros del hueco de acceso al establecimiento, debiendo dejar plenamente libre el lindel del mismo.
* Se van a poder unir a las marquesinas, con una altura máxima igual al espesor de exactamente las mismas y 5 centímetros de grosor.
* Las placas que se ubiquen en las jambas de los portales ocuparán la dimensión máxima de un cuadrado de 25 centímetros de lado y 2 milímetros de grosor.